Incorporaciones

Se le solicita leer cuidadosamente toda la información

Requisitos de incorporación

1. Carta de solicitud dirigida a la Junta Directiva indicando bajo fe de juramento, que los documentos aportados son auténticos y ciertos.

2. Llenar el formulario de Incorporaciones a máquina o computadora, indicando el lugar para atender notificaciones.

3. Copia y original del título profesional. Para el caso de que el solicitante desee incorporarse con grado de Licenciatura, deberá aportar Título de Bachiller Universitario y la certificación emitida por la autoridad universitaria competente sobre las notas de ese grado.
En el caso de los graduados en maestría o doctorado, deben presentar además fotocopia del título del grado anterior.

4. Presentar plan de estudios de la carrera

5. Original y copia del título de conclusión de estudios de Educación Diversificada (Secundaria).

6. Copia  de  la  cédula  de  identidad por ambos lados, si el solicitante es costarricense. En el caso de que el solicitante sea extranjero, debe presentar copia y original del documento de  identificación  válido  y  aceptado  por autoridades costarricenses, expedido por el Departamento de Migración de conformidad con las disposiciones de la Ley de Migración y Extranjería y su Reglamento. Dicho documento deberá especificar que el solicitante está autorizado para trabajar y/o ejercer su profesión en la República de Costa Rica.

7. Certificación expedida por la autoridad universitaria que emitió el título con el que se pretende incorporar (podrá tener como máximo tres meses de haber sido extendida) en donde se indique:

   a. Resultados académicos que incluya el año, el periodo (semestre, cuatrimestre), las notas, créditos por cada asignatura y en caso de existir materias convalidadas indicar la fecha de convalidación. En este último evento deberá aportarse certificación emitida por la Universidad o Institución Parauniversitaria donde cursó esas materias.

   b. Copia del acta de convalidación (cuadro comparativo de las materias). En casos calificados se deberá presentar copia de los programas de las materias convalidadas, tanto de la universidad o instituto parauniversitario donde cursa la materia como de la universidad que la convalida.

8. Certificación de Antecedentes Penales emitida por el Registro Judicial de Delincuencia (debe tener máximo un mes de haber sido extendida).

9. Copia del recibo de derechos de incorporación cancelados.

10. Dos fotografías recientes tamaño pasaporte, de frente y sin retoques (no pueden ser fotos escaneadas).

11. Participar en el curso de inducción impartido por el Colegio.
Cuando presente los documentos requeridos se le hará entrega de la Ley y el Reglamento para que los estudie antes del curso. Nota: Una vez iniciados los cursos no se permitirá el ingreso de personas.


Este trámite debe ser realizado personalmente ya que ese día se tomará la fotografía para el carné.

Recepción de documentos de lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM

Si la persona no consolida su incorporación a más tardar en el evento siguiente del convenido, según la programación establecida; la Junta Directiva dejará sin efecto su solicitud para formar parte del Colegio. Por lo tanto, de manifestarse de nuevo su interés de incorporarse, deberá reiniciar todos los trámites requeridos incluyendo la cancelación de los gastos correspondientes.

Pago de gastos administrativos de incorporación: ¢61.800,00

La cuota mensual es de ¢7.400,00 (Diplomado, Bachiller, Licenciado, Master ó Doctor) los que corresponden a la colegiatura ¢3.800 y ¢3.600 de la póliza de vida (con una cobertura de ¢12.000.000).

Los graduados de Universidades Extranjeras deben presentar además del original y fotocopia del título, el reconocimiento y equiparación por parte de una universidad nacional. Este proceso lo realiza en la Oficina de Reconocimiento de CONARE (teléfono: 2290-3325).

 

Tenga presente que:

Miembros asociados son: Diplomados y Bachilleres

Miembros activos son: Licenciados, Master y Doctores

Requisitos para el cambio de estátus

  1. 1. Carta a la Junta Directiva solicitando el cambio de estatus

  2. 2. Presentar original y fotocopia del título

  3. 3. Cancelar ¢ 5.000

Fórmulas para incorporación

No se aceptarán fórmulas escritas a mano.


Información importante

El Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas hace del conocimiento del público en general que se encuentra vigente los alcances del Decreto Ejecutivo 21601-MEIC y su modificación 22502-MEIC, publicados en La Gaceta Nº197 del 14 de octubre de 1992 y 179 del 20 de septiembre de 1993, respectivamente, que a la letra dice:

  • Artículo 1º: Modifíquese el artículo 13 del decreto ejecutivo Nº20014-MEIC, publicado en La Gaceta Nº19 del 5 de noviembre de 1990, Reglamento General del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, para que en adelante se lea: Artículo 13. Para efectos del artículo 4, incisos a) y b) de la ley, para ser incorporado como Miembro Activo del Colegio se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:Haber obtenido el grado de Licenciado que otorgan las instituciones de educación superior universitaria de Costa Rica, en el área de las Ciencias Económicas.Haber obtenido el grado de bachiller en el área de las Ciencias Económicas y luego una Maestría o Doctorado en la misma área. No se considera como miembro activo a quien cuente con un postgrado de Maestría, Doctorado o especialidad en el área de las Ciencias Económicas si su grado no corresponde a tal área.”

  • Los graduados de Maestría y Doctorado (*) deben presentar además fotocopia del título anterior. El artículo 13 del Reglamento General del Colegio, modificado mediante Decreto Ejecutivo 21601-MEIC, establece que:

    “Para efectos del artículo 4, incisos a) y b) de la ley, para ser incorporado como Miembro Activo del Colegio se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones: a) Haber obtenido el grado de Licenciado que otorgan las instituciones de educación superior universitaria de Costa Rica, en el área de las Ciencias Económicas. b) Haber obtenido el grado de bachiller en el área de las Ciencias Económicas y luego una Maestría o Doctorado en la misma área.

    No se considerá como miembro activo a quien cuente con un postgrado de Maestría, Doctorado o especialidad en el área de las Ciencias Económicas si su grado no corresponde a tal área.

    Así modificado por Decreto Nº21601-MEIC del 21 de septiembre de 1992, publicado en La Gaceta Nº197 de 14 de octubre de 1992. (*) Importante: Con base en lo anterior, no se aceptarán solicitudes de incorporación de profesionales con grado de Maestría o Doctorado, si su formación base (bachillerato o licenciatura) no es en alguna de las áreas de las Ciencias Económicas.